RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, octubre 21 de 2019
Señora
MARTHA GALLO
margalem@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 49170
Respetada Señora Martha:
Cordial Saludo
En relación con la solicitud que radicó por medio de esta plataforma, de manera atenta, le informo lo siguiente:
El artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 creó la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dicho tributo es un gravamen establecido con carácter obligatorio que afecta a un determinado y único grupo social y/o económico, cuyos recursos se utilizan para beneficio del mismo sector.
El artículo 2 de la Ley 1101 de 2006, establece que la base gravable de liquidación de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo corresponde a los ingresos operacionales vinculados a la actividad sometida al gravamen.
Así mismo, el artículo 2.2.4.2.1.4 del Decreto 1074 de 2015 establece que los ingresos operacionales son “los valores recibidos por concepto del desarrollo de la actividad económica, los cuales corresponderán a los períodos indicados en el artículo 2.2.4.2.1.5 del presente Decreto”.
En ese orden de ideas, es claro que los ingresos para efectos de liquidar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo son los que se perciben por el desarrollo de la actividad económica, es decir que debe tomar los provenientes de la actividad económica del establecimiento de comercio que en el presente caso según lo manifestado en su solicitud corresponde a los servicios hoteleros y los relacionados con dicha actividad.
Ahora bien, sí los ingresos percibidos por el servicio de lavandería y del restaurante se encuentran asociados con la actividad hotelera los mismos hacen parte de la base gravable para liquidar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dado que se perciben por el desarrollo de la actividad económica.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: