RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 11 de 2019
Señor(a)
LA RUTA NATURAL
marketing@larutanatural.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 49099
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su amable solicitud, es preciso señalar que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho que posean varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentarán una sola liquidación en la cual se discrimine las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad e indicará el número de establecimientos que comprende dicha liquidación. De todas maneras en su contabilidad deberá registrar separadamente los ingresos por cada establecimiento o sucursal y conservará los soportes respectivos. La entidad recaudadora podrá efectuar verificaciones sobre estos registros y sobre cada establecimiento o sucursal indistintamente.
De conformidad con lo anterior, usted deberá corregir la liquidación correspondiente al primer y segundo trimestre del año gravable 2019, declarando los ingresos operacionales de cada uno de los establecimientos de comercio de manera discriminada. Esta corrección deberá realizarse presentando nuevamente las liquidaciones en la plataforma de FONTUR.
Al respecto, deberá tener en cuenta que toda liquidación que el aportante presente con posterioridad a la inicial, será considerada como una corrección a la liquidación inicial o a la última corrección presentada, según el caso.
En el caso que la sumatoria de las bases gravables de cada uno de los establecimientos corresponda al mismo valor incorporado en la declaración inicial y no haya una variación en el saldo a pagar, usted deberá realiza la liquidación y consecuentemente seleccionar la opción “pagar por banco” e imprimir el respectivo formulario en impresora láser, suscribirlo y remitirlo a la Dirección de contribución Parafiscal para proceder con la respectiva actualización.
Por el contrario, si al incluir los ingresos operacionales del nuevo establecimiento aumenta el impuesto a pagar en una o todas las liquidaciones, usted deberá, una vez realizadas las liquidaciones, seleccionar la opción “pagar por banco” e imprimir los respectivos formularios en impresora láser, suscribirlos y remitirlos a la Dirección de contribución Parafiscal.
Una vez enviada las nuevas liquidaciones, la entidad recaudadora procederá a liquidar los intereses moratorios a que haya lugar para que usted proceda a realizar los respectivos pagos.
Cuando haya realizado las respectivas correcciones las liquidaciones pueden ser enviadas a través de los canales de nuestra plataforma ingresando a www.fontur.com.co/contacto-contibucion-parafiscal relacionando el radicado No. 49099.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 49099 por favor verífiquelo
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