RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, julio 26 de 2018
Señor(a)
VIATURLA SAS
administracion@viaturla.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 27432
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud de manera atenta le informo lo siguiente:
· Doy acuse de recibido a las liquidaciones privadas del 1 – 2 – 3 y 4 trimestre del año 2012, 1 y 2 trimestre del año 2013, 4 trimestre del año 2014 y 1 trimestre del año 2016 del RNT 5070, información que se actualizo en las bases de datos.
· Por parte de los pagos pendientes de los RNT 5068 y 5067 es necesario que envié los soportes de matrícula y cancelación (RNT y Matricula mercantil), para proceder a validar la información y actualizar la misma.
Al ser aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que el mencionado establecimiento inició actividades. (Fecha de matrícula mercantil).
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015, establece que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
• La presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
• El pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
En cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones, es importante precisar que en todos los casos la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
Así las cosas, los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo que durante el período causado no hubieren realizado actividades sometidas al gravamen, se encuentran en la obligación de presentar la liquidación privada en ceros, en el formato establecido para el efecto llevando dicha liquidación al banco para su presentación y su respectivo sello.
Como parte del proceso de modernización que viene adelantando el Fondo Nacional de Turismo en materia de atención al cliente, se habilitó un módulo de contáctenos en la página web del Fondo www.fontur.com.co para atender únicamente las solicitudes relacionadas con la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y de esta manera brindar una atención de manera más ágil y oportuna a los aportantes. En consecuencia se informa que el correo electrónico parafiscal@fontur.com.co estará habilitado hasta el día 15 de julio del año 2018, a partir de dicha fecha todas sus solicitudes, deberán ser radicadas en el Módulo Contáctenos de Contribución Parafiscal, al cual puede acceder ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .”
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Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
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