RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 06 de 2019
Señor(a)
Yenis Patricia Barrios Garces
patri-garces@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 48044
Respetado(a) Señor(a):
En relación con su solicitud, de manera atenta, le informo que de conformidad con el artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegó en las Cámaras de Comercio la administración del Registro Nacional de Turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006, en consecuencia, el Fondo Nacional de Turismo no tiene competencia sobre el RNT, por lo tanto, deberá dirigirse a la Cámara de Comercio de su domicilio y proceder a realizar el trámite correspondiente para para el radicado de retiro del Registro Nacional del Turismo.
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 11 de 2019
Señor(a)
Yenis Patricia Barrios Garces
patri-garces@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 48044
Respetado(a) Señor(a):
En relación con su solicitud, de manera atenta, le informo que se trasladó su solicitud por competencia a la Cámara de Comercio de Ibagué con el fin de que se realice el respectivo tramite y fin pertinente, esto es debido a lo siguiente:
En relación con su solicitud, de manera atenta, le informo que se trasladó dicha solicitud por competencia a la Cámara de Comercio de Ibagué con el fin de que se realice el respectivo tramite y fin pertinente, esto es debido a que de conformidad con el artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegó en las Cámaras de Comercio la administración del Registro Nacional de Turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006, en consecuencia, el Fondo Nacional de Turismo no tiene competencia sobre el RNT, por lo tanto, se dirigió por competencia a la Cámara de Comercio de su domicilio quien realizara el trámite correspondiente para a su solicitud.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, agosto 28 de 2019
Señor(a)
Yenis Patricia Barrios Garces
patri-garces@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 48044
Respetado(a) Señor(a):
La presente es con el fin de dar respuesta a su inquietud:
Ubicado en el Menú Principal, pulse la opción Establecimientos. Cuando se muestre la tabla, seleccione con el ratón, el establecimiento a eliminar. Una vez seleccionado el establecimiento, pulse el botón “Eliminar”. Se activará una barra sobre el registro para confirmar. Pulse el botón “Aceptar” para confirmar la eliminación del establecimiento. Una vez confirmado, el establecimiento será eliminado y no podrá recuperar los datos. Si el objetivo es que no aparezca en las nuevas y futuras liquidaciones, es recomendable cambiar el estado a Inactivo en lugar de eliminarlo, esto lo hace dando doble clic en la “A” registrada en el “Estado” del establecimiento y lo cambia por la letra “I” que corresponde a Inactivo, pulsa el botón “Aceptar” para guardar los cambios.
USUARIO:SERLEFIN
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ESTEFANIA BRICEÑO CARDENAS
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
MANDERLO POR COMPETENCIA A LA CAMARA DE COMERCIO. APOYATE EN DIANA
USUARIO:ESTEFANIA BRICEÑO CARDENAS
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: