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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, agosto 12 de 2019
Señor(a)
POSADA ANGELS
anniprovi@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 47203
Respetado(a) Señor(a):
De manera atenta, doy acuso de recibido de la liquidación pagada por Banco del establecimiento POSADA ANGELS (RNT 28615) de los periodos:
- Año 2014: trimestre 2,3,4
- Año 2015: trimestre 1,2,3,4
- Año 2016: trimestre 1,2,3,4
- Año 2017: trimestre 4
Asimismo, le informo que el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 creó una Contribución Parafiscal con Destino a la Promoción del Turismo, a cargo de los establecimientos hoteleros y de hospedaje, las agencias de viajes y los restaurantes turísticos, contribución que en ningún caso será trasladada al usuario.
Por su parte, el numeral 3 del artículo 3 de la ley 1101 de 2006, consagra los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
A su vez, el artículo 2 ibídem, establece que la base gravable de liquidación de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo corresponde a los ingresos operacionales vinculados a la actividad sometida al gravamen.
Por otro lado, el artículo 2.2.4.2.1.4 del Decreto 1074 de 2015, establece que la tarifa de liquidación de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo corresponde al 2.5 por mil de los ingresos operacionales.
Ahora bien, de acuerdo con el artículo 2.2.4.2.1.5 ibídem, el período de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es trimestral y se causa en los siguientes periodos:
Trimestre
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Fechas de los Periodos
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1
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Del 1 de enero al 31 de marzo
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2
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Del 1 de abril al 30 de junio
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3
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Del 1 de julio al 30 de septiembre
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4
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Del 1 de octubre al 31 de diciembre
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Adicionalmente, la anterior norma precisa que dicha Contribución se liquidará y pagará sobre períodos vencidos, a más tardar en los primeros 20 días del mes siguiente al del período objeto de la declaración.
Por otro lado, le informo que al ser aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que el mencionado establecimiento inició actividades (fecha de matrícula mercantil) y no desde la fecha en la que se obtiene el Registro Nacional de Turismo.
En la página del RUES se puede verificar que el establecimiento POSADA ANGELS (RNT 28615) se encuentra registrado desde el 18 de abril de 2006 y, por tanto, tiene pendiente de pago los siguientes periodos:
- Año 2008: trimestre 2,3,4
- Año 2009: trimestre 1,2,3,4
- Año 2010: trimestre 1,2,3,4
- Año 2011: trimestre 1,2,3,4
- Año 2012: trimestre 1,2,3,4
- Año 2013: trimestre 1,2,3,4
- Año 2014: trimestre 1
Para realizar sus liquidaciones y pagos siga estas instrucciones:
· Ingresar a www.fontur.com.co / Liquidación y pago en línea con su usuario y contraseña.
· Dirigirse al módulo de establecimientos y modificar la fecha de inicio de operaciones que registró por la fecha de matrícula mercantil del establecimiento.
· Dirigirse a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar. Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado.
· Después de haber declarado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que liquido consultar y selecciona pagar por banco o pagar por PSE.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil