RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 45820 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, agosto 12 de 2019
Señores
HOTEL LAS ORQUIDEAS
hotellasorquideas@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 45820
Respetados Señores:
Dando respuesta a su solicitud, de manera atenta, le informo que el prestador de servicio tiene con Fontur la siguiente obligación:
El artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015 establece los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
· La presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
· El pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
Por lo anterior, toda liquidación realizada por la opción de PSE debe allegarlo al igual que las pagadas por el banco de Bogotá con las correspondientes firmas y el sello del Banco de Bogotá a la Dirección de Contribución Parafiscal al cual puede acceder ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .”.
En ese orden de ideas, le informo que si bien allegó los formatos de liquidación de los trimestres 2 y 3 de 2014, estos no tiene validez, toda vez que carecen del pago PSE y/o el sello del Banco de Bogotá.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez