RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 45679 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, agosto 05 de 2019
Señor(a)
UNIVERSAL TRAVEL SAS
gerencia@universaltravelsas.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 45679
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, doy acuso de recibido al pago en ceros del 1 trimestre de 2019 del RNT 68389.
Por otra parte le informo que al ser aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que el mencionado establecimiento inició actividades (fecha de matrícula mercantil)
En la página del RUES se puede verificar que con NIT 901007449 se encuentran registrados los siguientes establecimientos:
· RNT 46648: Con fecha de matrícula mercantil 9 de septiembre de 2016 y cancelada el 8 de marzo de 2019, por lo que es aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo desde el 3 trimestre de 2016 hasta el 1 trimestre de 2019. Este RNT tiene pendiente de pago el 3 y 4 trimestre de 2016.
· RNT 68389: Con fecha de matrícula mercantil 19 de marzo de 2019. Es aportante desde el 1 trimestre de 2019.
Ahora bien, pudimos identificar en nuestra plataforma que los pagos realizados entre el 1 trimestre de 2017 y el 1 trimestre de 2019 (este trimestre con valor pagado de $97.000) fueron cargados al RNT 46648, sin embargo para crear la liquidación del 1 trimestre de 2019 del RNT 68389 se realizó en el módulo de establecimientos la modificación del RNT 46648 por el 68389 afectando toda la serie de pagos anteriores. El procedimiento adecuado en este caso era crear la información de su segundo establecimiento con RNT 68389.
Así las cosas, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 962 de 2005 el cual establece que: “Cuando en la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, y demás declarantes de los tributos se detecten inconsistencias en el diligenciamiento de los formularios prescritos para el efecto, tales como omisiones o errores en el concepto del tributo que se cancela, año y/o período gravable; estos se podrán corregir de oficio o a solicitud de parte, sin sanción, para que prevalezca la verdad real sobre la formal, generada por error, siempre y cuando la inconsistencia no afecte el valor por declarar”.
Bajo estos mismos presupuestos, la Administración podrá corregir sin sanción, errores de NIT, de imputación o errores aritméticos, siempre y cuando la modificación no resulte relevante para definir de fondo la determinación del tributo o la discriminación de los valores retenidos para el caso de la declaración mensual de retención en la fuente.
Por lo anterior, le informo que realizamos los ajustes necesarios en nuestras bases de datos y, en consecuencia podrá ingresar a www.fontur.com.co / liquidación y pago en línea y, observar en su módulo de establecimientos que se encuentran los dos establecimientos como EST 1 el RNT 46648 con fecha de inicio 2016/09/09 y EST 2 el RNT 68389 con fecha de inicio 2019/03/19.
De igual manera, podrá observar que las liquidaciones entre el 1 trimestre de 2017 y el 1 trimestre de 2019 (este trimestre con valor pagado de $97.000) pertenecen al RNT 46648 y al RNT 68389 pertenecen las del 1 trimestre de 2019 (pagada en ceros) y 2 trimestre de 2019 (pagada por $72.000).
Por favor realice las liquidaciones y pagos del 3 y 4 trimestre de 2016 del RNT 46648 y una vez estos pagos estén actualizados podrá ingresar al módulo de establecimientos y desactivarlo colocando una “I” en la casilla Estado.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil