RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Bogotá, julio 19 de 2019
Señor(a)
CONSUELO PUENTES
consuelopuentesherrera@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 45633
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su amable solicitud, le informo, en primer lugar, que es preciso que tenga en cuenta que si su RNT se encuentra actualmente suspendido usted deberá consultar con la respectiva cámara de comercio si se encuentra en el deber de pagar el salario mínimo legal mensual vigente a favor de FONTUR por la reactivación de dicho RNT.
Lo anterior, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.2.4.1.3.2 del Decreto 229 de 2017, el cual establece que para la reactivación del mismo el prestador de servicios turísticos deberá solicitar y adjuntar el soporte de pago de un (1) salario mínimo legal mensual vigente a favor de FONTUR.
En el evento de tener que cancelar este valor, el prestador debe solicitar en el Banco de Bogotá el formato único “Sistema Nacional de Recaudos Comprobante de Pago Universal Individual”, el cual se debe diligenciar con la siguiente información:
1- Nombre Convenio o Empresa Recaudadora: P.A. FONTUR. MULTAS
2- Referencia 1: Número de identificación (NIT o CC) del aportante o sancionado.
3- Referencia 2: LEY 1558 de 2012. RNT según corresponda a cada aportante
4- Número Cuenta Destino: Cuenta de Ahorros No. 062-91279-5.
5- Total a pagar: Valor de la sanción el cual debe corresponder a un salario mínimo mensual legal vigente
6- Nombre del depositante: Nombre y teléfono de quien realiza el pago.
Por último, Tenga en cuenta que en virtud del artículo 2.2.4.1.3.4 del Decreto 2063 de 2018 al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución. Para el caso en particular, usted debe encontrarse al día con los pagos de la contribución hasta el segundo trimestre del año 2019 el cual se causó el 30 de junio de la anualidad.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO:
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO: