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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, junio 17 de 2019
Señor(a)
javier marin
easyquindio@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 44466
Respetado(a) Señor(a):
De manera atenta acuso recibido de la liquidación en ceros del primer trimestre del año 2019 del establecimiento EASY QUINDIO, identificado con NIT 7505517 y RNT 58036.
Respecto a la renovación del RNT le informo que el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Lo anterior significa que si usted ingresa en este momento a la plataforma de Confecámaras para la renovación del RNT 58036 serán validados los pagos de la Contribución Parafiscal correspondientes a los trimestres 2,3,4 del año 2018 y trimestre 1 de 2019. Las liquidaciones del 2 y 4 trimestre de 2018 y 1 trimestre de 2019 fueron presentadas correctamente, a diferencia de la liquidación del 3 trimestre de 2018 que presenta una inconsistencia debido a que no se observa en el formato de la liquidación privada la información del establecimiento correspondiente a la casillas 7,8,9,10,11.
Por tanto, debe realizar nuevamente la liquidación y pago del 3 trimestre de 2018 atendiendo las siguientes instrucciones:
· Ingresar a www.fontur.com.co / Liquidación y pago en línea con su usuario y contraseña.
· Dirigirse a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar. Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado. Si no percibió ingresos en el trimestre por favor digite el número cero en la casilla de ingresos.
· Después de haber declarado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que liquido consultar y selecciona pagar por banco. Por favor imprimir a laser. Pagar en Banco de Bogotá.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil