RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, junio 13 de 2019
Señora
YEISY FERNANDA PAMPLONA
ZONATOURCAFETERO@GMAIL.COM
Asunto: Respuesta Contacto No. 44289
Respetada Señora:
Señora
YEISY FERNANDA PAMPLONA
En atención a su derecho de petición, enviado el pasado 30 de mayo de 2019, a través del correo de contactenos@fontur.com.co, de manera atenta informo lo siguiente:
El artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, la Cámara es la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Teniendo en cuenta lo anterior, el pasado 22 de marzo de 2019, la Dirección de Contribución Parafiscal envió correo electrónico a la dirección lachagrita@hotmail.comm, mediante el cual se informó que tenía pendiente de liquidación y pago los trimestres 1 y 4 de 2018.
No obstante, al 1 de abril de 2019, fecha en la cual presentó su trámite de actualización de RNT, el aportante solo había cumplido con la obligación de liquidar y pagar el trimestre 4 de 2018, quedando pendiente la obligación relacionada con el trimestre 1 de 2018.
Consecuencia de lo anterior, cuando la Cámara de Comercio consultó con Fontur el estado de pagos del establecimiento identificado con RNT 11390, tanto el 5 como el 30 de abril de 2019, Fontur respondió que se encontraba pendiente la liquidación y pago del trimestre 1 de 2018.
Por tal razón, la Cámara de Comercio procede a suspender el Registro Nacional de Turismo 11390.
Es importante resaltar, que el 30 de abril de 2019, antes de enviar la información a la Cámara de Comercio, se le envió nuevamente un correo electrónico a lachagrita@hotmail.com, recordándole que tenía pendiente la obligación de liquidar y pagar el trimestre 1 de 2018.
Se precisa que solo hasta el 6 de mayo de 2019, el aportante procede a efectuar el pago de la liquidación del trimestre 1 de 2018.
En consecuencia, no es procedente acceder a su solicitud de enviar un correo a la Cámara de Comercio, pues en su momento se les informó el estado de obligaciones pendientes.
Ahora bien, en este momento compete a la Cámara de Comercio informarle el trámite a seguir para la correspondiente reactivación y actualización de su RNT.
Por último, se informa que a la fecha el establecimiento identificado con el RNT 11390, cuenta con los pagos de los 4 últimos trimestres causados de la Contribución Parafiscal.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: