RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, junio 10 de 2019
Señor(a)
Luis Fernando Suescun
hotelsuitescaribe@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 44221
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud en la cual requiere "la actualización de información teniendo en cuenta que: La plataforma de FONTUR reporta que el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo no se encuentra al día, deberá comunicarse directamente con esa entidad para verificar su información. Hasta tanto FONTUR no corrija la información en su plataforma, su solicitud no podrá continuar, ni será atendida por la Cámara de Comercio" de manera atenta, le informo lo siguiente:
El artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Por último, y de acuerdo a la norma que antecede para renovar debe tener los 4 últimos periodos causados, sin embargo, al verificar la información en nuestras bases de datos se observa que tiene pendiente de pago el 1 trimestre del año 2019.
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, junio 12 de 2019
Señor(a)
Luis Fernando Suescun
hotelsuitescaribe@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 44221
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud en la cual requiere "la actualización de información teniendo en cuenta que: La plataforma de FONTUR reporta que el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo no se encuentra al día, deberá comunicarse directamente con esa entidad para verificar su información. Hasta tanto FONTUR no corrija la información en su plataforma, su solicitud no podrá continuar, ni será atendida por la Cámara de Comercio" de manera atenta, le informo lo siguiente:
El artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Por último, y de acuerdo a la norma que antecede para renovar debe tener los 4 últimos periodos causados, sin embargo, al verificar la información en nuestras bases de datos se observa que tiene pendiente de pago el 1 trimestre del año 2019.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo