RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, mayo 28 de 2019
Señor(a)
Minga Expeditions
juridica1@gpabogadosconsultores.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 44120
Respetado(a) Señor(a):
En respuesta a su amable solicitud, me permito informarle que se realizó la validación de la causal de suspensión del Registro Nacional de Turismo No. 61169 y se encontró que fue suspendido por la Cámara de Comercio de Bogotá el 22 de abril de 2019 por “…no realizar la renovación dentro del tiempo establecido”, razón por la que se verificó la fecha en que el aportante solicitó la actualización del RNT y se observa que la radicó el 15 de abril del mismo año, es decir de manera extemporánea, toda vez que el plazo máximo para realizar dicha solicitud venció el 1 de abril de esta anualidad.
Así las cosas, usted deberá consultar con la Cámara de Comercio el proceso que debe seguir para reactivar el RNT, ya que esta es la entidad competente para resolver este tema, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegó en las Cámaras de Comercio la administración del Registro Nacional de Turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006.
Por otra parte, le informo que la obligatoriedad de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal es una obligación surge en el mismo momento en el que el establecimiento de comercio es registrado ante la respectiva Cámara de Comercio, es decir, a partir de la fecha de matrícula mercantil del mismo, toda vez que se entiende que esta es la fecha de inicio de actividades, en este caso, relacionadas con el turismo. Por tal motivo, para el caso en particular esta obligación nace a partir del 18 de julio de 2018, fecha que corresponde a la matrícula mercantil del establecimiento de comercio Minga Expeditions.
Por lo expuesto, se validarón los pagos de la Contribución Parafiscal efectuados por el aportante y se observa que el aportante en el momento de crear el establecimiento de comercio en la plataforma de Fontur coloco como fecha de inicio el 24/09/2018, por lo que se hace necesario corregir esta fecha por el 18/07/2018 fecha a la que corresponde la matrícula mercantil de su establecimiento de comercio, una vez realice esto deberá liquidar y pagar el tercer trimestre de 2018 y el primer trimestre de 2019 esta última deberá volverla a crear porque las casillas 7 a la 12 no se encuentran diligenciadas y por tanto se tendrá como no presentada.
Finalmente, le informo que los pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo serán validados por la Cámara de Comercio para aprobar la actualización del RNT, de conformidad a lo señalado en el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, se estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el Registro Nacional del Turismo- RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, por cuanto será la respectiva cámara es la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución. Para el caso en concreto se validaran los pagos efectuados desde el 18 de julio de 2018.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: