RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, junio 21 de 2018
Señor(a)
Turismo historico ecologico y aventura SAS
hostalmacuto@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 26800
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud de manera atenta, le informo lo siguiente:
El artículo 2 de la Ley 1101 de 2006, establece que la base gravable de liquidación de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo corresponde a los ingresos operacionales vinculados a la actividad sometida al gravamen.
Por su parte, es preciso aclarar que en el numeral 2 del artículo 3 ibídem, consagra que las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
En consecuencia, las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que superen el tope señalado tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y se encuentran obligados al pago de la misma y para efectos de liquidar dicha obligación, deberán tomar los ingresos operacionales percibidos por la realización de la actividad turística desarrollada y aplicarle la tarifa del 2.5 por mil.
En ese orden de ideas, si el establecimiento no supera las ventas anuales de 50 salarios mínimos legales vigentes (desde inicio de la actividad mercantil) no se encuentra obligado a liquidar ni presentar liquidaciones en cero pero deberá enviar anualmente una certificación firmada por un contador público donde se debe especificar la siguiente información:
· Nombre del establecimiento
· NIT
· Código de RNT
· Especificar qué año no supero los topes
· Enviar copia del Certificado de Existencia y Representación legal – Cámara de Comercio.
· Copia de la tarjeta de profesional del contador público.
Nota: si ya envió dicha certificación al correo electrónico parafiscal@fontur.com.co no es necesario enviarla nuevamente si por el contrario no ha enviado dicha certificación envíela con el asunto: Certificación Vivienda Turística
Para el proceso de renovación de Registro Nacional de Turismo para la vigencia 2018 y de acuerdo al numeral 10 de DVT 103-2017 expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y remitido al presidente de Confecamaras, las Viviendas Turísticas, establecimientos de Hospedaje no Permanente que tengan ingresos inferiores anuales a 50 smlmv y en el caso de las viviendas turísticas ubicadas en los territorios indígenas cuyos ingresos anuales sean inferiores a los 100 smlmv, no se encuentran obligados a adjuntar el certificado para la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo para renovar el Registro Nacional de Turismo.
Como parte del proceso de modernización que viene adelantando el Fondo Nacional de Turismo en materia de atención al cliente, se habilitó un módulo de contáctenos en la página web del Fondo www.fontur.com.co para atender únicamente las solicitudes relacionadas con la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y de esta manera brindar una atención de manera más ágil y oportuna a los aportantes. En consecuencia se informa que el correo electrónico parafiscal@fontur.com.co estará habilitado hasta el día 15 de julio del año 2018, a partir de dicha fecha todas sus solicitudes, deberán ser radicadas en el Módulo Contáctenos de Contribución Parafiscal, al cual puede acceder ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .”
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: