RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, mayo 16 de 2019
Señores
Proeventos S.A.S.
info@proeventos.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 43722
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
El artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
Teniendo en cuenta lo anterior, y en aras de que el aportante no tuviera inconvenientes al momento de la actualización de su RNT, el 22 de marzo de 2019, la Dirección de Contribución Parafiscal remitió un correo electrónico a info@proeventos.com.co, donde se informaba que se encontraba pendiente de liquidación y pago el trimestre 2 de 2019.
Adicionalmente, el mismo día se envió un mensaje al mismo correo electrónico, informando, entre otros aspectos, lo siguiente: “Con el fin de garantizar que los prestadores de servicios turísticos puedan llevar a cabo su trámite de actualización de registro nacional de turismo, se informa que a partir de hoy y hasta el 1 de abril de 2019, la plataforma de actualización de RNT permitirá realizar el trámite independientemente del estado actual de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y posteriormente la Cámara de Comercio validará con FONTUR el cumplimiento de dicha obligación de pago”.
Así las cosas, los prestadores de servicios turísticos debían iniciar su trámite de actualización de RNT dentro del tiempo establecido para los efectos (1 de abril de 2019), independientemente del estado de sus pagos y la Cámara de Comercio posteriormente validaría con FONTUR el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Sin embargo, revisados los registros de la Cámara de Comercio de Bogotá, se evidencia que el PST identificado con N.I.T. 900375515, no realizó su trámite de actualización dentro del término legal, razón por la cual su RNT 44277 fue suspendido.
Por lo anterior, el motivo de suspensión del RNT 44277 es diferente al relacionado con la verificación de los pagos de los 4 últimos trimestres causados de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Por otra parte, en relación con los pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, de manera atenta informo lo siguiente:
El prestador de servicios turísticos identificado con el N.I.T. 900375515, a la fecha tiene pendiente de liquidación y pago el trimestre 2 del año 2018 por el establecimiento identificado con el RNT 44277.
Mediante respuesta al contacto No. 41394 y 41466 se le informó que debía corregir la liquidación del trimestre 2 del año 2018 ya que las había presentado de manera incorrecta, puesto que no incluyó la base gravable del establecimiento, razón por la cual no aparece en las liquidaciones los datos del establecimiento.
Es importante precisar, que en las liquidaciones privadas, independientemente que su base gravable sea cero, este valor debe incluirse en el campo correspondiente, lo cual el aportante no hizo y por esa razón la liquidación privada del mencionado trimestre quedó mal presentada.
Por último, se precisa que la respuesta al contacto 39698 contiene información imprecisa, pues la liquidación que debía corregirse era la del trimestre 2 mas no la del trimestre 1 del año 2018.
En consecuencia, debe corregir su liquidación privada del trimestre 2 de 2018 y generarla en debida forma tal como ha generado las de los demás trimestres cuyos ingresos se reportaron en cero
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: