RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Bogotá, mayo 14 de 2019
Señor(a)
Maritza Silva
mariethsilma@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 43372
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta se informa que el artículo 2.2.4.2.1.4 del Decreto 1074 de 2015, estable que el período de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es trimestral y se causa en los siguientes periodos:
Trimestre
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Fechas de los Periodos
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1
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Del 1 de enero al 31 de marzo
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2
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Del 1 de abril al 30 de junio
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3
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Del 1 de julio al 30 de septiembre
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4
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Del 1 de octubre al 31 de diciembre
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Adicionalmente, la anterior norma precisa que dicha Contribución se liquidará y pagará sobre períodos vencidos, a más tardar en los primeros 20 días del mes siguiente al del período objeto de la declaración, que para el año 2019 son las siguientes fechas:
Trimestre
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Fecha límite de pago
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1
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30 abril de 2019
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2
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29 julio de 2019
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3
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29 octubre de 2019
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4
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30 enero de 2020
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Si la fecha de pagos es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. El Fondo Nacional de Turismo no genera sanciones ni multas.
En consecuencia, debe ingresar a la plataforma de liqudiación y pago en línea y colocar la fecha en la cual realizará el pago y automaticamente la platafoma genera el valor de intereses de mora.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Daniela Ardila Castañeda
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: