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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, mayo 28 de 2018
Señor(a)
Jose aurelio. Perez gutierrez
jauperez52@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 26662
Respetado(a) Señor(a):
Señor aportante, dando respuesta a su solicitud, de manera atenta, le informo lo siguiente:
1. El artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015 establece los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
• La presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
• El pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
En su caso, cumplió con el pago de las obligaciones mediante la opción de PSE, sin embargo, dichos pagos no suplen la obligación formal de la presentación de la liquidación privada con las firmas correspondientes. Para efectos de realizar dicho proceso, es necesario que ingrese a la plataforma, vaya al icono de “Liquidaciones”, seguido de “consultar liquidación”, digite el año y el trimestre que va a consultar y en la opción de pagar por banco puede descargar el formulario de liquidación privada, deberá imprimir el formulario, diligenciarlo con las correspondientes firmas, toda liquidación realizada por la opción de PSE debe allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal a través del correo parafiscal@fontur.com.co.
2. Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en el formulario establecido para tal efecto con las correspondientes firmas y el sello del Banco de Bogotá.
Por otra parte, se ha buscado en los correo de parafiscal@fontur.com.co y certificaciones@fontur.com.co soportes de liquidación del RNT 26405, sin encontrar con éxito soporte alguno, también se ha revisado la plataforma, y en ella solo se encuentran relacionados los periodos 2014 y 2015 pendientes de pago como se refleja a continuación:
Sec.
Ident.
Aportante
Nombre
Año
Trimestre
Creación
Fecha Pago
Fecha Límite
Valor
Intereses
Saldo a Favor
Total a Pagar
Estado
16233
173265042
HOTEL AMADEUS
hotel de alojamiento
2014
3
2016/01/21
2016/01/27
2014/10/31
14,000.00
5,030.62
.00
19,030.62
Pendiente Pago
16302
173265042
HOTEL AMADEUS
hotel
2014
4
2016/01/21
2016/01/22
2015/01/30
7,250.00
2,055.62
.00
9,305.62
Pendiente Pago
16308
173265042
HOTEL AMADEUS
hote lamadeus
2015
1
2016/01/21
2016/01/22
2015/04/30
16,000.00
3,396.37
.00
19,396.37
Pendiente Pago
16312
173265042
HOTEL AMADEUS
hotel amadeus
2015
2
2016/01/21
2016/01/22
2015/07/29
14,750.00
2,076.12
.00
16,826.12
Pendiente Pago
16315
173265042
HOTEL AMADEUS
hotela amadeus
2015
3
2016/01/21
2016/01/22
2015/10/29
13,750.00
932.91
.00
14,682.91
Pendiente Pago
16317
173265042
HOTEL AMADEUS
hotel amadeus
2015
4
2016/01/21
2016/01/22
2016/02/01
11,250.00
.00
.00
11,250.00
Pendiente Pago
Aunado a lo anterior, también tiene pendiente la presentación y pago de los año 2016, 2017 y lo corrido del año 2018.
Sin otro en particular, quedamos atentos a sus pagos.
Atentamente,
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: