RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, mayo 27 de 2019
Señor(a)
GLOBAL BUSINESS SION SAS
marichip74@yahoo.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 42282
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, en la cual requiere un estado de cuenta de manera atenta le informo lo siguiente:
Verificadas las bases de datos se evidencia que la GLOBAL BUSINESS SION S.A. identificado con Nit. 900.013.969 no ha efectuado los pagos de las siguientes obligaciones:
RNT 16983 OFICINA DE REPRESENTACION TURISTICA Fecha de Matricula 20/11/2006.
· Año gravable 2008 / 2 trimestre.
· Año gravable 2012 / 3 trimestre.
· Año gravable 2015 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2017 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2019 / 1 trimestre.
RNT 22566 VIVIENDA TURISTICA Fecha de Matricula 4/08/2010.
El numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 establece que se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo “Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas.
En el caso de las viviendas turísticas ubicadas en los territorios indígenas se aplicará la contribución a aquellas cuyas ventas anuales sean superiores a los 100 smlmv”.
Por tanto, las vivienda turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que no superen el tope de ventas anuales establecido en el numeral segundo antes mencionado, no tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal, razón por la cual no deben liquidar ni pagar dicha contribución.
En consecuencia, si el establecimiento no supera las ventas anuales de 50 salarios mínimos legales vigentes, no se encuentra obligado a liquidar ni presentar liquidaciones en cero pero deberá enviar anualmente una certificación firmada por un contador público donde se debe especificar la siguiente información:
• Nombre del establecimiento
• NIT
• RNT
• En qué año no supero los topes
Esta certificación debe ir acompañada de la copia de la tarjeta profesional del contador público que la suscribe y debe enviarse ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90”
Adicionalmente, se procedió a validar la información en nuestras bases de datos y se observa que el que no se ha enviado ninguna certificación indicando que no superó los topes de venta.
RNT 26573 EMPRESA DE TIEMPO COMPARTIDO Y MULTIPROPIEDAD Fecha de Matricula 4/08/2010.
· Año gravable 2010 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
RNT 26704 EMPRESA DE TIEMPO COMPARTIDO Y MULTIPROPIEDAD Fecha de Matricula 18/06/2009.
· Año gravable 2009 / 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2010 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
RNT 28729 Fecha de Matricula 11/09/2008.
· Año gravable 2008 / 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2009 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2010 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2017 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2019 / 1 trimestre.
En consecuencia, es necesario que realice el pago y evite el cobro de intereses de mora, en el evento que haya realizado las liquidaciones privadas y el pago de las mismas de los trimestres en mención debe remitir la liquidación privada.
Para efectos de liquidar y pagar la contribución parafiscal para la promoción al turismo debe ingresar a la página web www.fontur.com.co , en la parte superior va a encontrar un link llamado Liquidación y pago en Línea, una vez ingrese coloque en usuario que es el Nit de su establecimiento sin digito de verificación y la contraseña correspondiente.
En el caso que no pueda ingresar a la plataforma por:
• “usuario no Existe”, se debe dirigir a la opción que dice, “Registre” y diligencia la información que le solicita. En esta opción debe colocar el Nit. Si es persona jurídica por el contrario si es persona natural seleccione CC.
• “Usuario Duplicado”, quiere decir que su nombre de usuario es el NIT sin digito de verificación y la Contraseña es el NIT sin digito de verificación.
• “clave invalida”, se debe dirigir a la opción que dice “Olvido su Contraseña” y el sistema le enviara un recordatorio de la contraseña a su correo electrónico.
Una vez ingrese siga los siguientes pasos:
Primer paso:
Diríjase a la opción de Establecimientos de clic en insertar diligencie toda la información que el sistema le solicita en código va digitar EST1 si tienes más establecimientos EST2, EST3…., en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento lo registro ante Cámara De Comercio y en estado digita A (corresponde a activo), si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento. (Si ya tiene el establecimiento creado haga caso omiso a este procedimiento).
Segundo paso:
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar la liquidación; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en grupo deja en blanco y le da consultar. Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner pago y el trimestre que está liquidando, escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado. El sistema automáticamente le va a liquidar los intereses hasta la fecha del día de pago si da a lugar.
Tercer paso:
Después de haber registrado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que líquido y consultar, finalmente seleccione porque medio va a realizar el pago, si lo paga en banco seleccione la opción pagar por banco e imprimir el formulario en impresora a laser y llevarlo al Banco Bogotá, si por el contrario selecciona el pago por medio PSE, debe realizar el proceso de pago, y una vez finalizado el proceso valla a la opción pagar por banco y descargue el formulario el cual le va a salir sin código de barras el cual indica que usted realizo el pago por este medio, imprima el formulario y fírmelo respectivamente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, mayo 28 de 2019
Señor(a)
GLOBAL BUSINESS SION SAS
marichip74@yahoo.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 42282
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, en la cual requiere un estado de cuenta de manera atenta le informo lo siguiente:
Verificadas las bases de datos se evidencia que la sociedad GLOBAL BUSINESS SION S.A. identificado con Nit. 900.013.969 no ha efectuado los pagos de las siguientes obligaciones:
RNT 16983 OFICINA DE REPRESENTACION TURISTICA Fecha de Matricula 20/11/2006.
· Año gravable 2008 / 2 trimestre.
· Año gravable 2012 / 3 trimestre.
· Año gravable 2015 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2017 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2019 / 1 trimestre.
RNT 22566 VIVIENDA TURISTICA Fecha de Matricula 4/08/2010.
El numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 establece que se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo “Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas.
En el caso de las viviendas turísticas ubicadas en los territorios indígenas se aplicará la contribución a aquellas cuyas ventas anuales sean superiores a los 100 smlmv”.
Por tanto, las vivienda turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que no superen el tope de ventas anuales establecido en el numeral segundo antes mencionado, no tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal, razón por la cual no deben liquidar ni pagar dicha contribución.
En consecuencia, si el establecimiento no supera las ventas anuales de 50 salarios mínimos legales vigentes, no se encuentra obligado a liquidar ni presentar liquidaciones en cero pero deberá enviar anualmente una certificación firmada por un contador público donde se debe especificar la siguiente información:
• Nombre del establecimiento
• NIT
• RNT
• En qué año no supero los topes
Esta certificación debe ir acompañada de la copia de la tarjeta profesional del contador público que la suscribe y debe enviarse ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90”
Adicionalmente, se procedió a validar la información en nuestras bases de datos y se observa que el que no se ha enviado ninguna certificación indicando que no superó los topes de venta.
RNT 26573 EMPRESA DE TIEMPO COMPARTIDO Y MULTIPROPIEDAD Fecha de Matricula 4/08/2010.
· Año gravable 2010 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
RNT 26704 EMPRESA DE TIEMPO COMPARTIDO Y MULTIPROPIEDAD Fecha de Matricula 18/06/2009.
· Año gravable 2009 / 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2010 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
RNT 28729 Fecha de Matricula 11/09/2008.
· Año gravable 2008 / 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2009 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2010 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2016 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2017 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
· Año gravable 2019 / 1 trimestre.
En consecuencia, es necesario que realice el pago y evite el cobro de intereses de mora, en el evento que haya realizado las liquidaciones privadas y el pago de las mismas de los trimestres en mención debe remitir la liquidación privada.
Para efectos de liquidar y pagar la contribución parafiscal para la promoción al turismo debe ingresar a la página web www.fontur.com.co , en la parte superior va a encontrar un link llamado Liquidación y pago en Línea, una vez ingrese coloque en usuario que es el Nit de su establecimiento sin digito de verificación y la contraseña correspondiente.
En el caso que no pueda ingresar a la plataforma por:
• “usuario no Existe”, se debe dirigir a la opción que dice, “Registre” y diligencia la información que le solicita. En esta opción debe colocar el Nit. Si es persona jurídica por el contrario si es persona natural seleccione CC.
• “Usuario Duplicado”, quiere decir que su nombre de usuario es el NIT sin digito de verificación y la Contraseña es el NIT sin digito de verificación.
• “clave invalida”, se debe dirigir a la opción que dice “Olvido su Contraseña” y el sistema le enviara un recordatorio de la contraseña a su correo electrónico.
Una vez ingrese siga los siguientes pasos:
Primer paso:
Diríjase a la opción de Establecimientos de clic en insertar diligencie toda la información que el sistema le solicita en código va digitar EST1 si tienes más establecimientos EST2, EST3…., en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento lo registro ante Cámara De Comercio y en estado digita A (corresponde a activo), si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento. (Si ya tiene el establecimiento creado haga caso omiso a este procedimiento).
Segundo paso:
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar la liquidación; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en grupo deja en blanco y le da consultar. Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner pago y el trimestre que está liquidando, escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado. El sistema automáticamente le va a liquidar los intereses hasta la fecha del día de pago si da a lugar.
Tercer paso:
Después de haber registrado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que líquido y consultar, finalmente seleccione porque medio va a realizar el pago, si lo paga en banco seleccione la opción pagar por banco e imprimir el formulario en impresora a laser y llevarlo al Banco Bogotá, si por el contrario selecciona el pago por medio PSE, debe realizar el proceso de pago, y una vez finalizado el proceso valla a la opción pagar por banco y descargue el formulario el cual le va a salir sin código de barras el cual indica que usted realizo el pago por este medio, imprima el formulario y fírmelo respectivamente.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta, sin embargo debes agregar la palabra sociedad antes del nombre Global.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: