RESPUESTA:Bogotá, mayo 10 de 2019
Señor
jairo caceres
anayjairomarketing@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 42175
Respetado Señor Caceres:
En atención a su correo, de manera atenta le informo lo siguiente:
El artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4., del Decreto 1074 de 2015, establece lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Por otra parte, le informo que para presentar la liquidación parafiscal debe ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co , dirigirse al portal de “Liquidación y pago en Línea”. Posteriormente le va a solicitar un usuario que corresponde al NIT del establecimiento sin digito de verificación y en la contraseña digite el mismo NIT, una vez adentro podrá cambiar la contraseña.
Ahora bien, para realizar la liquidación privada debe diligenciar primero la información requerida en el icono de establecimientos, de clic en insertar y diligencie toda la información que el sistema le solicita, es importante aclarar que en los campos de “Código” se digita EST1 si únicamente posee un establecimiento, si posee dos o más digitar EST2, EST3… De igual manera, en el campo de “fecha de inicio” debe digitar la fecha de inicio de operaciones del establecimiento, y por último en el campo de “estado” digite A (corresponde a activo).
Una vez diligenciada esta información vuelva al menú principal e ingrese a la opción de liquidaciones y seleccionar la opción “Nueva liquidación” digite el año y el trimestre que va a cancelar, en el campo de “grupo” no se coloca nada, luego en la opción de “insertar” completar los siguientes datos:
• Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2015 Trimestre 4.
• Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2015, 2016, etc.
• Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
• Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago. Esta fecha es muy importante, puesto que si es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. Si es anterior a la fecha límite de pago, no se calcularán intereses por mora.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con su establecimiento para que realice la declaración de ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. De un Clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales trimestrales.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pago en línea), igualmente debe imprimir el formato con las correspondientes firmas y allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal a través link: www.fontur.com.co/contacto-contibucion-parafiscal.
Adjunto manual de usuario de la plataforma.
http://fontur.com.co/productos-y-servicios/instrucciones-y-formulario-de-pago-contrubucion-parafiscal/48
Comunicarse al teléfono: (57-1) 3275500 extensiones 1426/1445/1444/1446/1447
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
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USUARIO:Adriana Páez Henríquez
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