RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, mayo 07 de 2019
Señor(a)
ARISTIZABAL MONTES & CIA S. EN C.
vca.gerencia@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 41977
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud de manera atenta, le informo lo siguiente:
Al ser aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que el mencionado establecimiento inició actividades. (Fecha de matrícula mercantil).
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015, establece que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
• La presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
• El pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
En cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones, es importante precisar que en todos los casos la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
Así las cosas, los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo que durante el período causado no hubieren realizado actividades sometidas al gravamen, se encuentran en la obligación de presentar la liquidación privada en ceros, en el formato establecido para el efecto llevando dicha liquidación al banco para su presentación y su respectivo sello en el Banco de Bogotá.
Finalmente, se da acuso de recibido del pago del 2 – 3 y 4 trimestre del año 2018 efectuado por el Banco Bogotá del RNT 57789.
Por otra parte le informo que al realizar las liquidaciones por el Banco de Bogotá no es necesario enviar el soporte puede verificar la información directamente del estado de su pago ingresando a la a la página web www.fontur.com.co , en la parte superior va a encontrar un link llamado Liquidación y pago en Línea, una vez ingrese coloque en usuario que es el Nit de su establecimiento sin digito de verificación y la contraseña correspondiente.
Una vez ingrese, diríjase a la opción que dice liquidaciones - consultar liquidación selecciona el año y trimestre que líquido y consultar, allí va a encontrar el estado de la liquidación.
Con el fin de prestar un servicio más eficiente en la atención de los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, se informa que inicia la operación de el contact center que atenderá las dudas e inquietudes y otros aspectos que se relacionen con la liquidación y pago de la Contribución Parafiscal en mención. Para recibir la asistencia telefónica puede comunicarse a las líneas de información general que se relacionan a continuación:
Bogotá: 057 (1) 7426404
Bogotá: 057 (1) 3275500 extensión 1444
Celular: 3057341212
Línea nacional sin costo: 018000180335
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 41977 por favor verífiquelo
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