RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 40984 por favor verífiquelo
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USUARIO:Juan Carlos Mendívil
RESPUESTA:Bogotá, abril 23 de 2019
Señor(a)
FESTIVAL TOURS S.A.S.
licitaciones@festivaltours.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 40984
Respetado(a) Señor(a):
De manera atenta le informo que lo que adjunta en su solicitud es el pago de los derechos de reactivación del RNT, sin embargo, este pago no es el que corresponde a la Contribución Parafiscal.
Respecto a los pagos de Contribución Parafiscal le informo que el RNT 34254 tiene pendiente de pago los trimestres 2 y 4 del año 2018. Esto obedece a que en el momento que realizó la liquidación del NIT 800193221 en estos trimestres no se declararon ingresos a este establecimiento.
Así las cosas, debe subsanar el pago de los trimestres 2 y 4 del año 2018 del RNT 34254. Adicionalmente, le informo que en la liquidación que tiene creada y sin pagar del 1 trimer trimestre de 2019 está cometiendo el mismo error de no reportar el el RNT 34254.
Respecto a la renovación del RNT le informo que el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil