RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 40870 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, abril 25 de 2019
Señores
INTERNATIONAL TOURISM GROUP S.A.S
contabilidad@citysightseeing.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 40870
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros se evidencia que se encuentra al día en los pagos de Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo correspondientes al año 2018 y con el fin de obtener el certificado de pagos, es necesario que ingrese a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccione la opción de “Liquidación y pago en Línea” y digite su usuario y contraseña, posteriormente se debe dirigir al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” puede descargar la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4., del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, abril 25 de 2019
Señores
INTERNATIONAL TOURISM GROUP S.A.S
contabilidad@citysightseeing.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 40870
Respetados Señores:
En atención a su correo, de manera atenta le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los Intereses de mora cuando sea el caso.”
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas, siguiente link: http://www.fontur.com.co/contacto-contribucion-parafiscal, con el sello del banco de Bogotá, o bien con el pago PSE.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez