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USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA
RESPUESTA:Bogotá, abril 22 de 2019
Señora
Luz Monica Mejia Vasquez
monicamejia@hotmail.it
Asunto: Respuesta Contacto No. 40761
Respetada Señora:
En atención a su solicitud, es preciso que tenga en cuenta que en virtud del numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, “Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas. En el caso de las viviendas turísticas ubicadas en los territorios indígenas se aplicará la contribución a aquellas cuyas ventas anuales sean superiores a los 100 smlmv.”
Por consiguiente, las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que no superen el tope de ventas anuales en el año inmediatamente anterior, no tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, razón por la cual no deben liquidar ni pagar dicha contribución.
No obstante, para determinar la calidad de aportante para el año 2018, usted deberá tener en cuenta los ingresos operacionales del año 2017 para determinar si supero o no el tope de 50 smlmv. Para el caso en concreto se observa que usted inicio operaciones el 31 de marzo de 2018 razón por la que usted no tendría la calidad de aportante para el año 2018.
Ahora bien, si usted va a certificar los ingresos del año 2018 para efecto de certificar que no supero topes de venta es necesario que el aportante envíe una certificación expedida por contador público en la que se indique si supera o no el tope de 50 smlmv en el año 2018, la cual debe contener la siguiente información:
• Nombre del establecimiento
• NIT
• RNT
• Año en el que no superó los topes establecidos por la ley.
Esta certificación debe ir acompañada de la copia de la tarjeta profesional del contador público que la suscribe y debe enviarse ingresando al siguiente link: http://www.fontur.com.co/contacto-contribucion-parafiscal”.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA