RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
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USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, mayo 03 de 2019
Señora
Andrea Ospina
miimochila@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 40520
Respetada Señora:
En atención a su solicitud, me permito indicar los pasos para generar la liquidación privada, usted debe ingresar a la página web www.fontur.com.co, en la parte superior va a encontrar un link llamado “Liquidación y pago en Línea”, allí deberá crear su usuario y contraseña, luego ingrese al icono de establecimientos cree su establecimiento de comercio y continúe con los siguientes pasos:
Primer paso -Liquidación- Después de haber registrado el establecimiento de comercio puede proceder a realizar la liquidación:
Diríjase a la opción “Liquidaciones – Nueva liquidación”, seleccione el año y trimestre que va a liquidar, en el espacio “Grupo” deje en blanco y continuamente haga clic en consultar, allí deberá diligenciar el pago y el trimestre que está liquidando, escoja nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha en que va a realizar el pago. El sistema le solicitará los ingresos de sus establecimientos, proceda a realizarlo y posteriormente haga clic en aceptar. El sistema automáticamente le liquidará los intereses hasta la fecha del día de pago, si hay lugar a ello.
Segundo paso: Después de haber registrado los ingresos diríjase a la opción “Consultar Liquidación”, seleccione el año y trimestre que liquidó y haga clic en consultar. Finalmente seleccione el medio a través del cual va a realizar el pago, si es en banco seleccione la opción “Pagar por banco” e imprima el formulario en impresora láser para posteriormente presentarlo en el Banco Bogotá.
Si por el contrario selecciona el pago por medio PSE, debe realizar el proceso de pago y una vez finalizado el proceso dirigirse a la opción “Pagar por banco” y descargar el formulario, imprimirlo y firmarlo por quienes corresponde, una vez lo tenga diligenciado envíelo a través del módulo contáctenos en la plataforma de Fontur.
En segundo lugar, es importante resaltar en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones, que en todos los casos la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante sí se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros y debe ser firmada por el representante legal, el contador y revisor fiscal (si se encuentra obligado a tenerlo) junto con el con el soporte de pago y luego deberá enviarla en un archivo PDF ingresando al siguiente link:
http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90
Ahora bien, si el inconveniente lo presenta en el momento de realizar el pago a través del PSE deberá contactarse directamente con el banco quien es el competente para validar los errores presentados a través de este medio de pago.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: