RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 40307 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, abril 03 de 2019
Señor(a)
MARIA EUGENIA CHAPARRO
marole09@hotmail.es
Asunto: Respuesta Contacto No. 40307
Respetado(a) Señor(a):
De manera atenta, doy acuso de recibido de la liquidación privada del 4 trimestre del año 2018 del establecimiento HOTEL LOS CAPACHOS con RNT 22305 pagada por Banco.
Por otra parte, se procedió a verificar en nuestras bases de datos y se evidencia que el establecimiento con RNT 27423 no ha efectuado los pagos de las siguientes obligaciones:
RNT 27423 Fecha de matrícula 01/06/2010
Año gravable 2010 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2011 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2012 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2013 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2014 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2015 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2016 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2017 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
En consecuencia, es necesario que realice el pago y evite el cobro de intereses de mora, en el evento que haya realizado las liquidaciones privadas y el pago de las mismas de los trimestres en mención debe remitir la liquidación privada.
A su vez, el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 del 2015 establece:
“Los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios turísticos.
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los intereses de mora cuando sea el caso.
Parágrafo. Cuando una persona natural o jurídica o sociedad de hecho posea varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentará una sola liquidación en la cual consolide las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad e indicará el número de establecimientos que comprende dicha liquidación. De todas maneras en su contabilidad deberá registrar separadamente los ingresos por cada establecimiento o sucursal y conservará los soportes respectivos. La entidad recaudadora podrá efectuar verificaciones sobre estos registros y sobre cada establecimiento o sucursal indistintamente. El pago deberá realizarse en el domicilio de la principal.” (Negrilla fuera de texto).
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero