RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 39880 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, abril 23 de 2019
Señor(a)
Cartagena Teambride S.A.S
teambridect@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 39880
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, me permito informarle que la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo no tiene relación con el número de empleados de su establecimiento.
De acuerdo a la Ley 1101 de 2006 en sus artículos 1,2,3 los OPERADORES PROFESIONALES DE CONGRESOS, FERIAS Y CONVENCIONES como su establecimiento son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, la cual se liquidará trimestralmente por un valor correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales, vinculados a la actividad sometida al gravamen.
La ogligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal surge a partir de la fecha de matricula mercantil que en su caso corresponde a 24/09/2015 según RUES. Por lo que le informo que tiene las siguientes obligaciones pendientes de pago:
Año 2015: trimestre 3,4
Año 2016: trimestre 1,2,3,4
Año 2017: trimestre 1,2,3,4
Año 2019: trimestre 1
Para realizar la liquidación tiene que ingresar a www.fontur.com.co / Liquidación y pago en línea, debe iniciar sesión con su usuario y contraseña.
Respecto a la renovación del RNT le informo que el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Por lo anterior el 27 de marzo cuando intentó renovar su RNT recibió la notificación de que no se encontraba al día con los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución, porque en nuestra plataforma no se observaron sus pagos, los cuales realizó el 29 de marzo.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil