RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 39810 por favor verífiquelo
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USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, marzo 29 de 2019
Señor(a)
Kanaogo.com SAS
juandavid.pedra@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 39810
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros del año 2018, se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el 2-3 trimestre del año 2018 del RNT 62275, esto se debe de acuerdo a lo conversado el dia de hoy a que no se observa la casilla 7 - 8 - 9 - 10 - 11, en consecuencia, es necesario que realice nuevamente las liquidaciones privadas y las presente en el Banco de Bogotá.
Una vez realice la liquidación y pago de la obligación pendiente, puede obtener el certificado de pagos para la actualización del registro nacional de turismo, ingresando a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea” , digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Es importante precisar que la cámara de comercio solicitó la información de pagos del establecimiento con el fin de actualizar o rechazar el estado de actualización del RNT, en consecuencia es necesario que realice el pago y vuelva a realizar el proceso de renovación del RNT el dia de hoy y si no actualiza en el tiempo estipulado, es decir el 31 de marzo del año 2019 incurrirá en gastos de un SMLV por la suspensión del mismo, lereitero que la camara de comercio lo dejara culminar el proceso de suolicitud asi tenga pagos pendiente y despues verificara como le explique en la conversación obtenida.
Esta respuesta contiene un archivo adjunto, denominado RESPUESTA CONTACTO 39810 por favor verífiquelo
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
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RESPUESTA:Bogotá, marzo 29 de 2019
Señor(a)
Kanaogo.com SAS
juandavid.pedra@gmail.com
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Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros del año 2018, se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el 2-3 trimestre del año 2018 del RNT 62275, esto se debe de acuerdo a lo conversado el dia de hoy a que no se observa la casilla 7 - 8 - 9 - 10 - 11, en consecuencia, es necesario que realice nuevamente las liquidaciones privadas y las presente en el Banco de Bogotá.
Una vez realice la liquidación y pago de la obligación pendiente, puede obtener el certificado de pagos para la actualización del registro nacional de turismo, ingresando a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea” , digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Es importante precisar que la cámara de comercio solicitó la información de pagos del establecimiento con el fin de actualizar o rechazar el estado de actualización del RNT, en consecuencia es necesario que realice el pago y vuelva a realizar el proceso de renovación del RNT el dia de hoy y si no actualiza en el tiempo estipulado, es decir el 31 de marzo del año 2019 incurrirá en gastos de un SMLV por la suspensión del mismo, lereitero que la camara de comercio lo dejara culminar el proceso de suolicitud asi tenga pagos pendiente y despues verificara como le explique en la conversación obtenida.
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Atentamente,
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