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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, abril 25 de 2019
Señores
TRANSPORTES ALIANZA S.A.
contabilidad@transalianza.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 39756
Respetados Señor:
En atención a su solicitud de manera atenta, informo lo siguiente:
El artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 establece que son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, entre otros, los siguientes:
“15. Las empresas de transporte de pasajeros: aéreas cuyas ventas anuales sean superiores a los 500 smmlv y terrestres, excepto el transporte urbano y el que opera dentro de áreas metropolitanas o ciudades dormitorio.
16. Las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas y otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico.” (Subrayado fuera de texto
Por su parte, el artículo 2.2.4.2.1.3. del Decreto 1074 de 2015 establece que son sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal, “Las personas naturales o jurídicas o las sociedades de hecho propietarias u operadoras de los establecimientos y actividades señaladas en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006”
Adicionalmente, el artículo 2.2.4.2.1.6. del mencionado decreto, establece:
“Liquidación privada de la Contribución. Los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios turísticos.
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
10 (sic). Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
11. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
12. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los intereses de mora cuando sea el caso.
Parágrafo. Cuando una persona natural o jurídica o sociedad de hecho posea varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentará una sola liquidación en la cual consolide las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad e indicará el número de establecimientos que comprende dicha liquidación. De todas maneras en su contabilidad deberá registrar separadamente los ingresos por cada establecimiento o sucursal y conservará los soportes respectivos. La entidad recaudadora podrá efectuar verificaciones sobre estos registros y sobre cada establecimiento o sucursal indistintamente. El pago deberá realizarse en el domicilio de la principal.” (Subrayado fuera de texto)
Como puede observarse, la Contribución Parafiscal no se grava a los registros nacionales de turismo, sino a los aportantes del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006.
Ahora bien, los registros nacionales de turismo deben incluirse en la liquidación como requisito del artículo 2.2.4.2.1.3. ibídem.
Sin embargo, se evidencia que hubo una corrección en las liquidaciones privadas, donde se cambió el RNT 18592 por el 51089.
No obstante lo anterior, es importante poner de presente el parágrafo del 2.2.4.2.1.6., que indica que “Cuando una persona natural o jurídica o sociedad de hecho posea varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentará una sola liquidación en la cual consolide las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad”
De acuerdo con la información consignada en el RUES, la sociedad Transportes Alianza S.A., tiene 3 establecimientos de comercio, los cuales debe relacionar en sus liquidaciones privadas.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: