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USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, abril 11 de 2019
Señor(a)
CENELLY CARDONA ROMERO
hospedajelpaisita@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 38802
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud le informo:
1. El establecimiento HOSPEDAJE EL PAISITA, con NIT 45429948 y RNT 10044 tiene en RUES la categoría de HOTEL y fecha de matricula mercantil agosto de 2003 (ver adjunto).
2. De acuerdo a la Ley 1101 de 2006 en sus artículos 1,2,3 los hoteles son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, la cual se liquidará trimestralmente por un valor correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales, vinculados a la actividad sometida al gravamen.
La obligación surge a partir de la fecha de registro mercantil del establecimiento, por lo que tiene pendiente de pago los siguientes periodos:
Año 2008: trimestre 2,3,4
Año 2009: trimestre 1,2,3,4
Año 2010: trimestre 1,2,3,4
Año 2011: trimestre 1,2,3,4
Año 2012: trimestre 1,2,3,4
Año 2013: trimestre 1,2,3,4
Año 2014: trimestre 1,2,3,4
Año 2015: trimestre 1,2,3,4
Año 2016: trimestre 1,2,3,4
Año 2017: trimestre 1,2,3,4
Año 2018: trimestre 1,2,3,4
Año 2019: trimestre 1
3. Para realizar la liquidación tiene que seguir los siguientes pasos:
Ingresar a la página web, www.fontur.com.co – “Liquidación y pagos en línea”, debe iniciar sesión con su nombre de usuario que es NIT sin digito de verificación, sin puntos y sin comas y la contraseña que le haya asignado o mismo NIT.
En el caso que no pueda ingresar a la plataforma por:
· “Usuario no Existe”, se debe dirigir a la opción que dice, “Registre” y diligencia la información que le solicita.
· “Usuario Duplicado”, quiere decir que su nombre de usuario es el NIT sin digito de verificación y la Contraseña es el NIT sin digito de verificación.
· “Clave invalida”, se debe dirigir a la opción que dice “Olvido su Contraseña?” y el sistema le enviara un recordatorio de la contraseña a su correo electrónico.
Primer paso, (solo se hace una única vez):
Se dirige a la opción de Establecimientos le da clic en insertar en código, va digitar EST1 y diligencia toda la información que el sistema le solicita, en estado digita A (corresponde a activo), en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento empezó a funcionar (fecha de registro de matrícula mercantil), si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento.
Segundo paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar las liquidaciones; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar.
Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado. Si en algún trimestre no percibió ingresos debe registrar el número cero en la casilla de ingresos.
Tercer paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber ingresado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que liquido consultar y selecciona pagar por banco. Por favor imprimir a laser.
En el caso que realice el pago por medio del PSE, se encuentra obligado enviar la liquidación privada que la puede descargar en: Liquidaciones – Consultar Liquidación Selecciona el año y el trimestre que líquido y selecciona “pagar por banco” el sistema le generará el formulario de liquidación privada que debe enviar totalmente firmado y con el soporte de pago de transacción aprobada al enlace http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .”
Si requiere asistencia telefónica en la realización de sus liquidaciones favor comunicarse con los siguientes números:
CALL CENTER:
Bogotá: 057 (1) 7426404
Bogotá: 057 (1) 3275500 extensión 1444
Celular: 3057341212
Línea nacional sin costo: 018000180335
4. Respecto a la renovación del RNT le informo que el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución por lo que debe subsanar estos periodos para que la plataforma de RUES le permita continuar sin el mensaje de alerta que nos reporta en su solicitud. Sin embargo, recuerde que tambien tiene pendiente todos los periodos antes mencionados.
Esta respuesta contiene un archivo adjunto, denominado RESPUESTA CONTACTO 38802 por favor verífiquelo
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil
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