RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, marzo 28 de 2019
Señores
AGENCIA COLOMBIANA DE LOGÍSTICA LTDA
guillermo.pinto@aclogistica.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 37891
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el 1 y 2 trimestre del año 2018 del RNT 61096.
Una vez realice la liquidación y pago de la obligación pendiente, puede obtener el certificado de pagos para la actualización del registro nacional de turismo, ingresando a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea” , digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Le recuerdo que la obligación del pago de la Contribución Parafiscal, nace desde el momento en que efectúa el registro de matrícula mercantil ante Cámara de Comercio, como en su caso es desde el 06 de julio de 2015, en concordancia con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 y con la información suministrada en la página del RUES, por lo tanto tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación:
* 3 y 4 trimestre de 2015
* 1,2,3 y 4 trimestre de 2016
* 1,2,3 y 4 trimestre de 2017
* 1,y 2 trimestre de 2018
Para poder continuar con su proceso de actualización de RNT 61096, deberá ingresar a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionar la opción de “Liquidación y pago en Línea” y digitar su usuario y contraseña, y ponerse al día con sus pagos, elaborando la liquidación por este trimestre, ahora bien si no obtuvo ingresos, deberá liquidar en cero, presentarla firmadas en el banco de Bogotá más cercano y obtener el sello del banco, toda vez que, este es el único banco para recibir las liquidaciones en cero.
Por otra parte le informo que, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4., del Decreto 1074 de 2015, establece lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 37891 por favor verífiquelo
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