RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Daniela Ardila Castañeda
RESPUESTA:Bogotá, marzo 22 de 2019
Señor(a)
Gloria Victoria Vanegas
victoria@jetsetviajes.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 37635
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, me permito informarle que se realizó la corrección del pago del 2 trimestre de 2018 del establecimiento de comercio con el RNT 53094 toda vez el aportante líquido y pago este trimestre con el RNT 54158, y en consecuencia el estado de los pagos efectuados en el año 2018 de los siguientes establecimientos quedarón así:
RNT
NIT
ESTABLECIMIENTO
TRIMESTRES PAGADOS 2018
ESTADO
53094
901070507
JET SET VIAJES SAS
Trimestres 1,2,3, y 4
Efectuados
53761
901070507
JET SET VIAJES SAS
Trimestres 1,2,3, y 4
Efectuados
54158
901070507
JET SET VIAJES SAS
Trimestres 1,2,3, y 4
Efectuados
59355
901070507
JET SET VIAJES SAS
Trimestres 1,2,3, y 4
Efectuados
60788
901070507
JET SET VIAJES SAS
Trimestres 1,2,3, y 4
Efectuados
Por lo expuesto, se evidencia que usted liquidó y pagó los cuatro (4) trimestres correspondientes al año 2018, por lo tanto se encuentra que ha cumplido con su obligación en el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo del año en mención. Sin embargo, le reitero lo dicho en el comunicado No. 32064 en el que se le informo que tiene pagos pendientes de los establecimientos de comercio para el año 2017, lo anterior debido a la obligatoriedad de liquidar y pagar la contribución parafiscal es una obligación surge en el mismo momento en el que el establecimiento de comercio es registrado ante la respectiva cámara de comercio
Dicha corrección fue realizada de conformidad a lo señalado en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005 establece:
“Cuando en la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, y demás declarantes de los tributos se detecten inconsistencias en el diligenciamiento de los formularios prescritos para el efecto, tales como omisiones o errores en el concepto del tributo que se cancela, año y/o período gravable; estos se podrán corregir de oficio o a solicitud de parte, sin sanción, para que prevalezca la verdad real sobre la formal, generada por error, siempre y cuando la inconsistencia no afecte el valor por declarar.
Bajo estos mismos presupuestos, la Administración podrá corregir sin sanción, errores de NIT, de imputación o errores aritméticos, siempre y cuando la modificación no resulte relevante para definir de fondo la determinación del tributo o la discriminación de los valores retenidos para el caso de la declaración mensual de retención en la fuente.
La corrección se podrá realizar en cualquier tiempo, modificando la información en los sistemas que para tal efecto maneje la entidad, ajustando registros y los estados financieros a que haya lugar, e informará de la corrección al interesado. La declaración, así corregida, reemplaza para todos los efectos legales la presentada por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, si dentro del mes siguiente al aviso el interesado no ha presentado por escrito ninguna objeción.”
Por otra parte, le informo que Fontur no expide paz y salvo, lo que genera es un certificado de pago en el que se indica que el aportante ha liquidado y pagado la obligación de la Contribución Parafiscal, el cual podrá ser generado en cualquier momento ingresando al link:
https://apps.fiducoldex.com.co/JasServer/applications/fdxturismo/visual/login.jsp establecimientos y certificado de pago.
Así las cosas, usted podrá continuar con la renovación del Registro Nacional del Turismo a través de la plataforma de Confecámaras, al finalizar el proceso se le indicará que la información ha sido radicada ante la Cámara de Comercio y se le generará un radicado con el cual debe verificar la respuesta de su solicitud en un término de 15 días hábiles siguientes a la radicación de dicha solicitud.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: