RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 37442 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 27 de 2019
Señores
Cabañas De Salome
salazargutigo03@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 37442
Respetados Señores:
En atención a su amable solicitud, le informo que una vez revisadas nuestras bases de datos se validó que usted tiene pendiente de pago el 4 trimestre del año gravable 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Lo anterior, en razón de que esta liquidación (cuarto trimestre) no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, la cual debe contener, entre otros, la información relacionada con el Número del Registro Nacional de Turismo, razón por la cual deberá volver a presentar esta declaración incluyendo el RNT y la información concerniente al establecimiento de comercio (casillas de la 7 a la 11), tal como:
• Nombre del establecimiento
• Clase de establecimiento
• Ciudad o municipio
• Departamento
También es importante que tenga en cuenta que si por este trimestre usted no obtuvo ingresos, deberá en la casilla de “Base gravable” digitar el número cero (0) e igualmente presentar la liquidación en el Banco Bogotá (obligación formal).
Hasta tanto no se verifique lo anterior su proceso de renovación de RNT no será exitoso.
De igual manera, es importante resaltar que en virtud del artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, se estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el Registro Nacional del Turismo- RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, por cuanto será la respectiva cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la contribución.
No obstante, una vez realice la liquidación y pago de la obligación pendiente, puede obtener el certificado de pagos, ingresando a la página web del Fondo Nacional del Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, y en cuanto haya ingresado a su usuario deberá dirigirse al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificado Pago Global” descargar la certificación de pagos correspondiente al año 2018.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ