RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 26 de 2019
Señor
GUSTAVO DE JESUS TREJOS VALLEJO
ianmend@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 37390
Respetado Señor:
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros se observa que la liquidación correspondiente al cuarto trimestre del año 2018 no cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, la cual debe contener, entre otros, la información relacionada con el Número del Registro Nacional de Turismo, razón por la cual deberá volver a presentar estas declaraciones incluyendo el RNT y la información concerniente al establecimiento de comercio, tal como:
· Nombre del establecimiento
· Clase de establecimiento
· Ciudad o municipio
· Departamento
De igual manera, usted deberá tener en cuenta que si por este trimestre usted no obtuvo ingresos, deberá en la casilla de “Base gravable” digitar el número cero (0) e igualmente presentar la liquidación en el banco (obligación formal).
En cuanto a los trimestres 1, 2 y 3 del año 2018 se observa que los mismos se encuentran pendientes de pago, razón por la cual hasta tanto no se verifique el pago correspondiente a dichos trimestres, usted no podrá renovar su RNT.
Ahora, en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones, es importante precisar que en todos los casos la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante sí se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
Así las cosas, si durante alguno de los trimestres del 2018 el establecimiento de comercio no realizó actividades sometidas al gravamen, usted se encuentra en la obligación de presentar la respectiva liquidación privada en ceros, en el formato establecido para el efecto.
Por último, es importante que tenga en cuenta que en virtud del artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, se estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, por cuanto será la respectiva cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
No obstante, una vez realice la liquidación y pago de las obligaciones pendientes, puede obtener el certificado de pagos, ingresando a la página web del Fondo Nacional del Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, y en cuanto haya ingresado a su usuario deberá dirigirse al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargar la certificación de pagos correspondiente al año 2018.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 37390 por favor verífiquelo
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