RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta sin embargo complementar lo relacionado con la competencia del RNT
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, abril 23 de 2019
Señora
MERCADO SANCHEZ DEISY ESTEFANIA
estefymercado@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 37108
Respetada Señora:
En atención a su solicitud de manera atenta informo lo siguiente:
Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente cuyas ventas durante un año no hayan superado los 50 salarios mínimos, no se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal en el año siguiente y deben enviar a la Dirección de Contribución Parafiscal, certificado suscrito por contador público donde se especifique lo siguiente:
• Nombre del establecimiento
• NIT
• RNT
• En qué año no supero los topes
• Copia de la tarjeta de profesional del contador público.
Ahora bien, revisado el archivo que adjunta en su solicitud, se evidencia que es un documento que certifica los ingresos de un establecimiento en el año 2018, lo cual implica que no sería aportante de la Contribución para el año 2019.
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Bogotá, abril 29 de 2019
Señora
MERCADO SANCHEZ DEISY ESTEFANIA
estefymercado@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 37108
Respetada Señora:
Señora
MERCADO SANCHEZ DEISY ESTEFANIA
estefymercado@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 37108
Respetada Señora:
En atención a su solicitud de manera atenta informo lo siguiente:
Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente cuyas ventas durante un año no hayan superado los 50 salarios mínimos, no se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal en el año siguiente y deben enviar a la Dirección de Contribución Parafiscal, certificado suscrito por contador público donde se especifique lo siguiente:
• Nombre del establecimiento
• NIT
• RNT
• En qué año no supero los topes
• Copia de la tarjeta de profesional del contador público.
Ahora bien, revisado el archivo que adjunta en su solicitud, se evidencia que es un documento que certifica los ingresos de un establecimiento en el año 2018, lo cual implica que no sería aportante de la Contribución para el año 2019.
Por último, es importante precisar que el trámite de renovación de RNT, se lleva a cabo ante la Cámara de Comercio donde está registrado su establecimiento y no es competencia de la Dirección de Contribución Parafiscal.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 37108 por favor verífiquelo
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