HISTÓRICO SOLICITUDES
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65210 2020-09-10 00:51:29 2020-08-19 2020-09-09 2020-09-10 VIVE MARCA SAS 900772954 contadora@vivemarca.com Buen dia. Adjuto envio soporte de presentacion impuesto fontur del trimestre II de 2020. Amablemente solicitamos el respectivo paz y salvo del trimestre 1 y 2 de 2020. Gracias JULIANA ROJAS Contadora Cel: 301 3944364 Respuesta 190.69.24.218 PARAFISCAL 10 8
65211 2020-09-08 21:15:26 2020-08-19 2020-09-09 2020-09-08 DUQUE SADOVNIK NICOLE viajandoconlizz2019@gmail.com solicito la devolución DEL DINERO SOBRANTE ,TOTAL $103.197 ,YA QUE EL DÍA 14DE AGOSTO 2020 REALIZAMOS UN PAGO DE UNA MULTA EN MONTENEGRO QUINDIO . POR UN VALOR DE $981.000 Y ME CONFIRMAN DE LA CÁMARA DE COMERCIO LO SIGUIENTE : Cabe indicar que el valor de la re activación es de $877,803 por lo anterior puede solicitar la devolución del excedente ante la entidad correspondiente, esto es ante el Fontur. Cordialmente Juan David Gamba Martinez Asesor Juridico POR LO TANTO SOLICITO LA DEVOLUCIÓN A LA CUENTA BANCOLOMBIA AHORROS ·#374 984 74 404 Respuesta 90.173.57.91 PARAFISCAL 10 8
65212 2020-09-10 00:47:03 2020-08-19 2020-09-09 2020-09-10 VIAJES CIRCULAR SAS 860029002 GGONZALES@CVU.COM.CO Cual es el tramite cuando varios establecimientos cancelaron su matricula mercantil y por ende en Camara se Cancelo el RNT, que se debe realizar si a traves de este año no se ha presentado la declaración trimestral, debo declarar y solicitar a este establecimiento la cancelación. Respuesta 181.56.86.65 PARAFISCAL 10 8
65214 2020-08-27 09:19:17 2020-08-19 2020-09-09 2020-08-27 MICHELLENINA SAS 8300839444 marinamejia@zonak.com.co Contribución Parafiscal Periodo: I 2020 MICHELLENINA SAS Muy buenas tardes, Envío contribución parafiscal del periodo 1 del año 2020 de la empresa MICHELLENINA NIT 830083944, para dar cumplimiento a lo solicitado, adjuntamos contribución firmada y el pago PSE respectivo. Muchas gracias Respuesta 2800:484:657e:9 PARAFISCAL 10 8
65215 2020-08-27 09:19:52 2020-08-19 2020-09-09 2020-08-27 MICHELLENINA SAS 8300839444 marinamejia@zonak.com.co Contribución Parafiscal Periodo: 2 2020 MICHELLENINA SAS Envío contribución parafiscal del periodo 2 del año 2020 de la empresa MICHELLENINA SAS NIT 830083944, para dar cumplimiento a lo solicitado, adjuntamos contribución firmada y el pago PSE respectivo. Muchas gracias Respuesta 2800:484:657e:9 PARAFISCAL 10 8
65216 2020-09-08 21:52:03 2020-08-19 2020-09-09 2020-09-08 claudia manrique colombiadestinos@hotmail.com Santiago de Cali, Julio 08 de 2020. Señores FONTUR COLOMBIA Atención: Sra. Estefanía Briceño Cárdenas Directora de Contribución Parafiscal Bogotá Ref.: Solicitud de ampliación del plazo y no pago de multa, para la renovación del Registro Nacional de Turismo R.N.T. vigencia 2020 – 2021 En nuestra condición de empresarios turísticos que incluye Agencias de Viajes hoteles, parques temáticos y atracciones, restaurantes, guías de turismo y otros, solicitamos al Gobierno Nacional formalmente la extensión o ampliación del plazo y el no pago de la multa para la renovación del Registro Nacional de Turismo RNT para la vigencia 2020 – 2021, ya que según lo indicado en el Decreto 434 de 2020, Artículo 1, el plazo venció el pasado 3 de julio de 2020: Artículo 1. Renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y los demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social — RUES. Extiéndase el plazo para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y SociaL RUES, relacionados en el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con excepción del registro único de proponentes, hasta el día tres (3) de julio de 2020. La presente solicitud de la extensión o ampliación del plazo para la renovación del Registro Nacional de Turismo RNT para la vigencia 2020 – 2021 se justifica fundamentalmente en que las medidas adoptadas por Gobierno nacional para la atención de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID 19) han afectado directamente al sector económico del turismo, y por tanto a las agencias de viajes, hoteles, hostales, operadores turísticos y a los prestadores de servicios conexos. A esto se suma que las medidas para la mitigación económica han resultado insuficientes o no han beneficiado directamente a las agencias de viajes ni grandes ni Mipymes, ni unipersonales, como es nuestro caso. Adicionalmente, la reactivación económica del sector turismo es la que presenta el mayor grado de incertidumbre a largo plazo debido a que depende directamente de otros sectores económicos vulnerables o que presentan alto riesgo de contagio, como el servicio de transporte terrestre y el transporte aéreo de pasajeros. Todo lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones: De acuerdo con el decreto 990 de 2020, se debe considerar: Que la Organización Mundial de la Salud -- OMS, declaró el 11 de marzo del presente año, como pandemia el Coronavirus COVID-19, esencialmente por la velocidad de su propagación, instando a los Estados a tomar las acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento y monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas con el fin de redundar en la mitigación del contagio. Que en Colombia la fase de contención se inició 6 de marzo de 2020 cuando se confirmó la presencia del primer caso en el país, de esta manera, dentro de la fase de contención, el 20 de marzo del mismo año se inició una cuarentena con el fin de controlar la velocidad de aparición de los casos. Que mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, modificado y prorrogado por los Decretos 847 del 14 de junio de 2020 y 878 del 25 de junio de 2020, respectivamente, se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las doce de la noche (12:00 pm) del 15 de julio de 2020. Que según el Artículo 1. del Decreto 990 de 2020: Artículo 1. Aislamiento. Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (OO:OO a.m.) del día 16 de julio de 2020, hasta las cero horas (OO:OO) del día 1 de agosto de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID- 19. Para efectos de lograr el efectivo aislamiento preventivo obligatorio se limita la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional, con las excepciones previstas en el presente Decreto. Que según el Artículo 4. del Decreto 990 de 2020: En ningún caso los municipios sin afectación o de baja afectación del Coronavirus COVID19 podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales: 1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. 2. Los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas, tales como casinos, bingos y terminales de juego de video. Que según el Artículo 5. del Decreto 990 de 2020: Artículo 5. Medidas en municipios de moderada afectación y municipios de alta afectación. En ningún municipio de moderada o alta afectación de Coronavirus COVID-19 se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales: 1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. 2. Los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video. 3. Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar. 4. Piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles. 5. Cines y teatros. 6. La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. 7. Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, salvo que medie autorización por parte del Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad. Que según el Artículo 7. del Decreto 990 de 2020: Artículo 7. Movilidad. Se deberá garantizar el servicio público de transporte terrestre, por cable, fluvial y marítimo de pasajeros, de servicios postales y distribución de paquetería, en el territorio nacional, que sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVI 0-19 y las actividades permitidas en el presente decreto. Que según el Artículo 8. del Decreto 990 de 2020: Artículo 8. Suspensión de transporte doméstico por vía aérea. Suspender el transporte doméstico por vía aérea, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de julio de 2020, hasta las cero horas (00:00 am) del día 1 de agosto de 2020. Sólo se permitirá el transporte doméstico por vía aérea, en los siguientes casos: 1. Emergencia humanitaria. 2. El transporte de carga y mercancía. 3. Caso fortuito o fuerza mayor. Que según el Artículo 9. del Decreto 990 de 2020: Artículo 9. Cierre de Fronteras. Cerrar los pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con la República de Panamá, República del Ecuador, República del Perú, República Federativa de Brasil y República Bolivariana de Venezuela, a partir de las cero horas (00:00 a.m. ) del 16 de julio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de agosto de 2020. Se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades: 1. Emergencia humanitaria. 2. El transporte de carga y mercancía. 3. Caso fortuito o fuerza mayor. 4. La salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes. Como es evidentes, las anteriores disposiciones citadas afectan directamente la actividad del sector turismo, y hace imposible su reactivación económica en el corto y mediano plazo. Por tanto, puede afirmarse que la pandemia ocasionada por el COVID 19 y las medidas adoptadas por el gobierno nacional para atenderla ha puesto en situación de vulnerabilidad económica a todo el sector económico del turismo, y especialmente a las agencias de viajes unipersonales, pues no contamos con las ventajas de pertenecer a agremiaciones como ANATO o COTELCO. Por todo lo planteado anteriormente solicito a ustedes de manera comedida y respetuosa la posibilidad de ampliar o extender el plazo de renovación del Registro Nacional de Turismo RNT correspondiente a la vigencia 2020 – 2021, hasta que se nos brinden todas las garantías para volver a ejercer nuestras actividades económicas, ya que la aplicación del pago de la multa en estos momentos ahondaría aún más en la crisis que actualmente afrontamos y podría ocasionar incluso el aumento de la informalidad e ilegalidad que vive el sector del turismo. Quedamos atentos a una pronta y satisfactoria respuesta por parte de ustedes, ya que la ampliación o extensión del plazo de renovación del Registro Nacional de Turismo RNT correspondiente a la vigencia 2020 – 2021 beneficiaría a muchas empresas y microempresas unipersonales de este país, las cuales siempre hemos cumplido con todas nuestras obligaciones tributarias y normativas, pero que en la actual situación de crisis solo podemos concentrarnos en satisfacer las necesidades básicas de nuestras familias. Copia Ministerio de Industria Comercio y Turismo Copia: Cámara de Comercio Atentamente: FIRMANTES Firma CLAUDIA FERNANDA MANRIQUE C.C. No. 66.853.528Teléfono s: 3187249072 Correo electrónico: colombiadestinos@hotmail.com Nombre de la agencia COLOMBIA DESTINOS RNT 56262 Firma Nombre: Deborah Moscoso C.C. NO. 66924565 Teléfonos: 3148143814 Correo electrónico: somostuchofer@hotmail.com Nombre de la agencia SOMOS TU CHOFER RNT: 49717 Firma NOMBRE NATHALY RIVERA C.C. No. 1144026588 Teléfonos: 6410011 – 3174700469 Correo Electrónico: dasam.tour@gmail.com Nombre de la Agencia: AGENCIA DE VIAJES DASAM TOUR SAS RNT:42788 Firma NOMBRE GUSTAVO ADOLFO MUÑOZ C.C. No. 1130679761 Teléfono:3213903384 Correo electrónico: gustavomunoz0604@gmail.com Nombre de la Agencia: OPERADORA DMT RNT 64499 Firma NOMBRE: ELIZABETH SARMIENTO C.C. No. 31713036 Teléfonos: 3234828454 Correo electrónico: directora@teamtravel.co Nombre de la agencia: MAYORISTA TEAM TRAVEL SAS RNT: 66958 Firma NOMBRE JESUS MAURICIO CAMARGO VEGA C.C. No. 1049650491 Teléfonos:3226106789 Correo electrónico: mundoturismo343@gmail.com Nombre de la Agencia: MUNDO TURISMO FAMILIAR RNT 71917 Firma Nombres y Apellidos: Julio Hernán Sáenz Sáenz C.C.No. 4168707 Teléfonos: 3118111519 3107346840 Correo electrónico: Calicantoreal.hotel@gmail.com Nombre del Establecimiento: Hotel Calicanto Real Café Museo. RNT: 38186 Firma NOMBRE: JENNY NARVÁEZ POTES C.C. No. 31.474.695 Teléfonos: 3126292895 Correo electrónico:vientosdevainilla@gmail.com Nombre de la Agencia: VIENTOS DE VAINILLA SAS RNT: 74881 Firma NOMBRE: VIVIAN CARRASCAL BORRERO C.C. No. 52.423735 Teléfonos: 3015840096 Correo electrónico: info@colombiaexploring@gmail.com Nombre de la agencia: COLOMBIA EXPLORING RNT 41841 Firma NOMBRE Felipe Salazar Ortiz C.C. No. 1019014925 Teléfonos: 3102923509 - 3164989256 Correo electrónico: financiera@tripclubcolombia.com Nombre de la agencia: TRIPCLUB SAS RNT 45938 Firma NOMBRE: ERIKA MARÍA HERRERA ZUÑIGA C.C. No. 67041784 Teléfonos: 4026535 - 3054312046 Correo electrónico: conocelosas@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: CONÓCELO RNT: 59500 Firma NOMBRE LISBETH ALEJANDRA ACOSTA FRANCO C.C. No. 1143994910 Teléfonos: 3186933401 Correo electrónico: paradisodeisogni09@gmail.com Nombre de la Agencia: AGENCIA DE TURISMO PARADISO DEI SOGNI RNT 72333 Firma NOMBRE: CARLOS ALBERTO BARRERA MORENO C.C. No. 79.650.128 Teléfonos: 3115901913-3133009576 Correo electrónico: comercialmorenotours@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: MORENOTOURS TURISMOS, PRODUCCION LOGISTICA Y EVENTOS RNT: 68754 Nombre: Melani Mena Echeverri. C.C.No:1144102242 Teléfonos: 3361749-3153111474 Correo electrónico: Vijaengrande2019@gamil.com Nombre de la agencia: Viaja en Grande. RNT: 72073 Firma NOMBRE JULIETH TATIANA NUÑEZ GAMBOA C.C. No. 1.112.476.837 Teléfonos: Correo electrónico: paraisocolombiano.ayt@gmail.com Nombre de la Agencia: PARAISO COLOMBIANO AVENTURA Y TURISMO RNT 72320 Firma Nombres y Apellidos: Alexander Giraldo C.C.No. 71734304 Teléfonos: 310 6723087 Correo electrónico: alexturismo007@gmail.com Nombre del Establecimiento: BARATO TOURS RNT: 40280 Firma NOMBRE DIANA MALLELY GUERRERO DIZU C.C. No. 1.114.872.601 Teléfonos: 315 7840993 Correo electrónico: valeriad1729@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: DESTINO TRAVEL L&D RNT 78505 Firma NOMBRE: REINALDO GARCIA LOPEZ CC. 16.241.648 de Palmira Tel. 317 5161642 - 3113974117 Correo Electrónico: ezgarsa1213@hotmail.com Finca SAN MIGUEL RNT: 46234 Firma NOMBRE: REINALDO GARCIA LOPEZ CC. 16.241.648 de Palmira Tel. 317 5161642 - 3113974117 Correo Electrónico: ezgarsa1213@hotmail.com POSADA LA ESPERANZA RNT: 37226 Firma Nombre :SANDRA MILENA GONZALEZ ZUÑIGA C.C. No. 66.728.577 Teléfonos:3116257980 Correo electrónico: sam_y_1977@hotmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: SAMY TOURS RNT 74406 Firma NOMBRE JEAN PAUL DE LA TORRE C.C. No. 80.350.885 Teléfonos: 3214277061 Correo electrónico: jeanpauldelatorre@gmail.com Nombre del Establecimiento: POSADA RURAL SUGAMUXI RNT:56660 Firma Nombre: José yesid López murillo C.C. NO. 1107058752 Teléfonos: 3148143814 Correo caliventuracontacto@gmail.com Nombre de la agencia CALIVENTURA Firma Nombre: Kelly Medina Erazo C.C. No.: 1.151.947.590 Teléfonos: 318-390-8521 Correo Electrónico: tsalachoteles@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: Tsalach hoteles RNT: 61095 Firma NOMBRE JESUS OCTAVIO GALLEGO C.C. No. 6352416 Teléfonos:6600167/3156587433 Correo electrónico: turismo@vencedores.com.co Nombre de la Agencia VENCEDORES SAS RNT 14700 Firma NOMBRE: CAROLINA VONROSEN ALVAREZ CC. 29.127.357 de Cali Tel. 3183263160 Correo Electrónico: vonrosen79@hotmail.com FINCA VERSALLES RNT: 46555 Firma NOMBRE: DIEGO FERNANDO PRADO C.C. No16.716.406 Teléfonos: 3167987246 - 4870736 Correo electrónico: diegofernandoprado@hotmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: PRADO VIAJES Y TURISMO RNT: 46917 Firma NOMBRE: JULIAN MAURICIO BURGOS RODAS C.C. 80.104.289 No. Teléfonos: 3226410040 Correo electrónico: info@expedicionroots.com NOMBRE DE LA AGENCIA: EXPEDICION ROOTS RNT: 46217 Firma NOMBRE : RODRIGO NOMESQUE CAMPOS C.C. No. 1.058.460.342 Teléfonos: 3112542156 Correo electrónico: totaecotours@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: TOTAECOTOURS S.A.S RNT 75632 Firma NOMBRE LEIBY LORENA RESTREPO FOLLECO C.C. No. 29684869 Teléfonos: 3104274153 Correo electrónico: deskubredestinos@gmail.com Nombre de la Agencia: DESKUBRE DESTINOS RNT 58967 Firma NOMBRE: DIANA HINESTROZA HURTADO C.C. No. 31589921 Teléfonos:3154527649 Correo electrónico: dinatours1@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA DINA TOURS MAYORISTA DE VIAJES RNT 34036 Firma NOMBRE: Edier Fernandez Mompótes C.c No: 10535383. Tel 315 8714716 Correo Electrónico: michaquinta@hotmail.com Empresa: Micho turismo Purace. RNT 79138 Firma NOMBRE: Jhon Jairo Uran Espinosa C.C. No. 71.626.125 Teléfonos: 3113352192 Correo electrónico: johnjurane@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: GUIA DE TURISMO RNT 39711 Tarjeta Profesional 0394 Firma NOMBRE: Karla Milena Parra Benavides C.C. No: 1.032.370.718 Teléfonos:3006816293 Correo electrónico: solazagenciadeviajes@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: Solaz Agencia de Viajes S.A.S RNT: 48461 Firma NOMBRE: YESICA VIVIANA PARRA HERNANDEZ C.C. No. 1.144.124.441 Teléfonos: 3127334408 Correo electrónico: grandtoursvyt@gmail.com NOMBRE DE LA AGENCIA: GRAND TOURS VIAJES Y TURISMO RNT 17445 Nombre: José Orlando Cifuentes CC: 16856228 Teléfono: 3178848123 Correo: cifuentesoscar299@gmail.com Nombre del hospedaje: Hospedaje la Viña RNT: 38804 Respuesta 179.12.163.88 PARAFISCAL 10 8
65218 2020-08-26 20:05:03 2020-08-19 2020-09-09 2020-08-26 LA RIVIERA SAS 830022634 ingrid.bernal@lariviera.com.co Buen día, En días anteriores a la compañía La Riviera S.A.S identificada con Nit 830.022634-5 le fue enviado un correo de una Encuesta de impacto económico de la situación generada por el COVID-19 en el sector Turismo - II trimestre 2020, quisiera saber si a la compañía está obligada a contestar dicha encuesta ya que la sociedad no es prestadora de servicios turísticos. Agradezco su ayuda y pronta respuesta. Respuesta 190.144.138.58 PARAFISCAL 10 8
65220 2020-09-07 12:53:22 2020-08-19 2020-09-09 2020-09-07 Juan Dionisio Montes Salazar 10102283 hotellostunjos@gmail.com Buena Tarde; Asunto: Pago obligación pendiente parafiscal numero DCP 16060 Adjunto envio soporte de pago de la contribucion parafiscal que estaba pendiende de los siguientes trimestres Año 2014: Segundo, tercer y cuarto trimestre. Año 2015: Primero, segundo y tercer trimestre. Quedo atento. Muchas gracias. Respuesta 201.236.255.78 PARAFISCAL 10 8
65221 2020-08-24 15:42:41 2020-08-19 2020-09-09 2020-08-24 GRUPO RÁQUIRA SILVESTRE S.A.S 900997184 contacto@raquirasilvestre.com Buen día, En archivo adjunto envío formulario y certificado de pago para la contribución parafiscal del primer trimestre del año 2020. Grupo Ráquira Silvestre S.A.S Nit 900.997.184 Agradezco su atención. Cordial saludo, CAROL VALDERRAMA Asistente Administrativa Grupo Ráquira Silvestre S.A.S contacto@raquirasilvestre.com Respuesta 186.84.88.82 PARAFISCAL 10 8
65223 2020-09-07 12:14:10 2020-08-19 2020-09-09 2020-09-07 MIGDONIA SALAZAR 43401869 migdonia-hotel@hotmail.com solicito restablecimiento de contraseña Respuesta 181.128.90.135 PARAFISCAL 10 8

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